PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA GRIPE A
Conoce aspectos de su transmisión, prevención, síntomas....
SIGUE UNAS SENCILLAS RECOMENDACIONES PARA EVITAR EL CONTAGIO
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Preguntas y respuestas más frecuentes
Actualizadas a 24 de noviembre de 2009
- ¿Qué es la gripe?
- ¿Qué es la gripe por el nuevo virus A (H1N1)?
- ¿Tiene relación el nuevo virus de la gripe A (H1N1) con los virus de la gripe porcina?
- ¿Existe alguna posibilidad de diferenciar los síntomas de gripe pandémica (H1N1) con respecto a un proceso gripal habitual?
- ¿Qué es una pandemia de gripe?
- ¿Qué significa que estamos en fase 6 de alerta de pandemia?
TRANSMISIÓN
- ¿Cómo se contagia el virus de la gripe A (H1N1)?
- ¿En qué periodo se puede contagiar el virus?
- ¿Se puede comer carne de cerdo sin problemas?
- ¿Existe un riesgo más alto para contagiarse de gripe A en las piscinas? ¿Y en los SPAs?
- ¿Existe un riesgo más alto para contagiarse en los gimnasios? ¿Alguna medida especial a seguir para prevenir el contagio?
- ¿Cuál es la gravedad de la nueva gripe (H1N1) 2009?
PREVENCIÓN
- ¿Qué se puede hacer para evitar el contagio?
- ¿Existen medidas preventivas específicas para las personas con mayor probabilidad de desarrollar complicaciones?
- ¿Existen recomendaciones específicas para aplicar en los centros de trabajo y centros educativos?
- ¿Qué medidas deben adoptarse en las guarderías y/o escuelas infantiles para evitar el contagio?
- ¿Cómo hacer la limpieza de las guarderías y/o escuelas infantiles?
- ¿Qué se debe limpiar especialmente en estos centros?
- ¿Es recomendable el uso de mascarillas?
- ¿Cuándo se debe utilizar la mascarilla?
Medidas de higiene para todos
SÍNTOMAS
- ¿Cuáles son los síntomas de la gripe A (H1N1)?
- ¿La gripe puede ser grave en algún caso?
- ¿Qué tenemos que hacer si tenemos síntomas de gripe?
- ¿Qué hacer en casa si un niño enferma de gripe A?
- ¿Cuáles son los síntomas que advierten de la gripe se agrava?
- ¿Cuántas personas infectadas por este nuevo virus A (H1N1) hay en España?
GRUPOS ESPECÍFICOS
- ¿Tienen las personas mayores de 65 años sanas más probabilidad de sufrir complicaciones a causa de esta gripe?
- ¿Cuáles son los grupos de riesgo?¿Se van a incorporar más grupos?
- ¿Como deben de actuar las personas con síntomas leves pero que pertenezcan a alguno de los grupos de riesgo?
- ¿Qué puedo hacer para protegerme/evitar contagiarme si estoy embarazada?
- ¿Qué debo hacer si estoy embarazada y he estado en contacto con un enfermo de Gripe A (H1N1)?
- ¿Qué ocurre si, a pesar de todas las precauciones se infecta con el nuevo virus de la gripe A (H1N1) una mujer embarazada?
- ¿Puedo estar tranquila en el embarazo al tomar antivirales si mi médico me los indica?
- ¿Puede continuarse la lactancia materna si se tiene gripe por nuevo virus A (H1N1)?
DIAGNÓSTICO
VACUNA
- ¿Hay vacuna autorizada para el nuevo virus?
- ¿Qué vacuna de gripe A me tengo que poner?
- ¿Cuántas dosis de vacuna necesito?
- ¿Qué efectos secundarios tiene la vacuna?
- ¿Qué utilidad tiene la vacuna?
- ¿Quién tiene que vacunarse?
- ¿Cuándo se va a comenzar la vacunación en nuestro país?
- ¿En qué personas está indicada la vacunación frente al nuevo virus pandémico (H1N1) 2009?
- ¿Cuántas vacunas se han encargado?
- ¿Habrá vacunas seguras para los niños con alergia al huevo? ¿Y para los adultos alérgicos al huevo?
- ¿En qué se parece esta vacuna a la vacuna de gripe estacional?
- ¿Quién debe vacunarse contra la gripe estacional?
ÁMBITO LABORAL
Información general
- ¿Van a participar los servicios de prevención en la vacunación de gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Deberían las Empresas almacenar antivirales para hacer frente a la gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Qué debería hacer como trabajador si presento síntomas de gripe?
- ¿Qué debería hacer como empresario ante un trabajador que presente síntomas sospechosos de gripe pandémica (H1N1) 2009 en su puesto de trabajo?
- ¿Dónde puedo asesorarme, en mi Comunidad Autónoma, si tengo dudas sobre las actuaciones a seguir sobre la gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Hay un número de teléfono de contacto para los ciudadanos para gripe?
- ¿Qué debe hacer la empresa ante la gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Cómo puedo prepararme para evitar que la gripe pandémica (H1N1) 2009 afecte a la actividad productiva de mi empresa?
Ausencias al trabajo
- En caso de que un trabajador haya tenido contacto con un caso de gripe pandémica (H1N1) ¿habría que recomendarle no acudir al trabajo?
- ¿Si se da un caso de gripe pandémica (H1N1) en el trabajo, el resto de compañeros deben irse a casa?
- ¿Se dará parte de baja por incapacidad temporal a un trabajador con sospecha de gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Cuándo se dará el alta por incapacidad temporal a los trabajadores que enfermen por gripe?
- ¿La gripe pandémica (H1N1) es contingencia común o laboral?
- ¿Puede un trabajador ausentarse del trabajo o decidir no acudir a trabajar si tiene sospechas de que algún integrante de la empresa tiene la gripe pandémica (H1N1)?
- ¿Podría un trabajador faltar al trabajo por necesidad de cuidar a un familiar enfermo de gripe pandémica (H1N1) 2009?
Prevención y plan de contingencia
- ¿Qué medidas concretas puede poner en marcha la empresa para evitar, en lo posible el contagio de la gripe pandémica (H1N1) 2009 dentro de los centros de trabajo?
- ¿Se tienen que adoptar en los Centros Sanitarios medidas especiales?
- ¿Puede una empresa prohibir el acceso de un trabajador al centro de trabajo porque se sospecha que puede ser portador del virus pandémico (H1N1) 2009?
- ¿Qué ocurre si el trabajador que presenta síntomas se niega a observar las medidas acordadas por el empresario, o en su caso a someterse a un reconocimiento médico?
- ¿Puede la empresa requerir que los trabajadores adopten hábitos de higiene como medida para prevenir contagios?
- ¿Podría la empresa clausurar comedores colectivos o salas de reunión y descanso de los trabajadores como medida coadyuvante de la evitación de los contagios?
- ¿Puede la empresa solicitar a los trabajadores que empleen equipos de protección individual (mascarillas, guantes o batas) diseñados para reducir el riesgo de contagio del virus?
- ¿Cómo se debe utilizar la mascarilla?
- En un centro de trabajo no sanitario ¿debe el empresario comprar mascarillas quirúrgicas por si algún trabajador comenzara con síntomas de gripe en el centro de trabajo?
- En mi empresa hay trabajadores que atienden al público ¿se deben lavar las manos con más frecuencia?
- ¿Debe la empresa proporcionar a los trabajadores pañuelos de papel?
- En mi centro de trabajo no se pueden abrir ventanas ¿Cómo puedo mantenerlo bien ventilado como recomiendan?
- ¿Está facultada la empresa para imponer modificaciones en las condiciones de trabajo como medio para reducir la probabilidad de los contagios o para hacer frente a los efectos de la enfermedad sobre la organización de su actividad (por ejemplo, suplir las bajas causadas por los trabajadores enfermos)?
- ¿Es posible encomendar al trabajador funciones o tareas distintas de las que corresponden a su categoría o grupo profesional para hacer frente a las ausencias provocadas por la gripe pandémica (H1N1) en otros trabajadores?
- ¿Puede la empresa exigir de los trabajadores la realización de horas extraordinarias para garantizar el mismo nivel de actividad ante la ausencia de una parte de los trabajadores provocada por la gripe pandémica (H1N1)?
- ¿Puede la empresa suprimir los descansos semanales o el descanso diario entre jornadas para asegurar la actividad ante las ausencias provocadas por la pandemia de gripe pandémica (H1N1) entre sus trabajadores?
- ¿Puede un trabajador exigir a la empresa trabajar desde lugares distintos del centro de trabajo habitual (desde su casa, por ejemplo, mediante el teletrabajo) para evitar el contagio del virus pandémico (H1N1) 2009?
- ¿Puede un empresario acordar el cierre temporal de un centro de trabajo si la incidencia de la gripe en el mismo hace imposible desarrollar con normalidad la actividad productiva?
Actuaciones sanitarias de los servicios de prevención
- ¿Cuál debe ser la actuación de los profesionales sanitarios de un Servicio de Prevención ante un trabajador con síntomas de gripe?
- ¿Cuál es la actual definición de caso de gripe?
- ¿Qué ha de hacer el Servicio de Prevención en el supuesto que se declaren varios casos de gripe pandémica (H1N1) en la empresa?
- ¿Qué información puede transmitir el Servicio de Prevención a los trabajadores, al empresario y a los responsables de prevención de la empresa sobre los casos de gripe que se detecten?
- ¿Cómo profesional sanitario del Servicio de Prevención de la empresa debo adoptar alguna medida preventiva especial para protegerme de la gripe pandémica (H1N1) 2009?
VIAJES INTERNACIONALES. MEDIDAS EN PUERTOS, AEROPUERTOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE.
OTRAS PREGUNTAS
- ¿Qué es la gripe?
- ¿Qué es la gripe por el nuevo virus A (H1N1)?
- ¿Tiene relación el nuevo virus de la gripe A (H1N1) con los virus de la gripe porcina?
- ¿Existe alguna posibilidad de diferenciar los síntomas de gripe pandémica (H1N1) con respecto a un proceso gripal habitual?
- ¿Cómo se distingue una gripe de un catarro?
- ¿Qué es una pandemia de gripe?
- ¿Qué significa que estamos en fase 6 de alerta de pandemia?
La gripe es una enfermedad infecciosa que produce fundamentalmente síntomas respiratorios, está causada por un virus y se contagia muy fácilmente.
La gripe por el nuevo virus A (H1N1) (que empezó llamándose gripe porcina y "nueva gripe" y que ahora se le llama Gripe pandémica (H1N1) 2009) la produce un nuevo subtipo del virus de la gripe frente al que, precisamente por ser nuevo, no estamos inmunizados y hay muchas personas que estarán en riesgo de contraerlo.
En contraste, muchas personas tienen inmunidad frente a los virus de la gripe estacional (la gripe que se presenta
fundamentalmente en invierno todos los años) por lo que la población susceptible de infectarse es menor.
Las aves y los cerdos, entre otros animales, tienen como nosotros la enfermedad de la gripe pero cada uno tiene sus virus específicos. El hecho de que los seres humanos estemos cerca de aves y cerdos, permite que, en ocasiones, se combinen entre sí virus de la gripe de distintas especies dando lugar a subtipos nuevos. Según la información de la que disponemos, el nuevo virus de la gripe A (H1N1) es una combinación de 2 virus porcinos (que afecta a los cerdos) y además tenían ya partes de virus aviar (específico de aves) y virus humano.
Los síntomas de las gripes (estacional y pandémica (H1N1) 2009) son muy similares, sólo se puede determinar si es uno u otro virus mediante pruebas de laboratorio.
Ambas enfermedades son procesos víricos. Los procesos gripales, además de tener síntomas catarrales (tos, aumento de la mucosidad nasal, picor y dolor de garganta) presentan fiebre alta (más de 38º C), dolores musculares y articulares, intenso malestar general y cansancio generalizado.
Una pandemia es una epidemia que afecta al mismo tiempo a muchos países en el mundo, como es el caso de esta gripe. La diferencia entre pandemia y epidemia está básicamente en la magnitud que alcanza: Cuando una enfermedad afecta a un número de individuos superior al esperado en una población durante un tiempo determinado se dice que hay una epidemia; si esto se extiende a varios países o incluso a todo el mundo, se trata de una pandemia.
El pasado 11 de junio, la Organización Mundial de la Salud (OMS) decidió elevar el nivel de alerta de pandemia de gripe
de la fase 5 a la fase 6; la declaración de esta fase indica que una pandemia mundial está en marcha; esto significa que
existe una mayor diseminación de la enfermedad pero no por ello una mayor gravedad. La OMS califica el estado de la nueva
gripe como de pandemia moderada basándose en los siguientes motivos:
La mayoría de las personas se recuperan de la infección sin necesidad de hospitalización ni de atención médica.
En general, la gravedad en los distintos países parece similar a la observada con la gripe estacional
Los hospitales y los sistemas de atención de salud de la mayoría de los países han sido capaces de atender, hasta el momento,
a todas las personas que lo han requerido.
- ¿Cómo se contagia el virus de la gripe A (H1N1)?
- ¿En qué periodo se puede contagiar el virus?
- ¿Se puede comer carne de cerdo sin problemas?
- ¿Existe un riesgo más alto para contagiarse de gripe A en las piscinas? ¿Y en los SPAs?
- ¿Existe un riesgo más alto para contagiarse en los gimnasios? ¿Alguna medida especial a seguir para prevenir el contagio?
- ¿Cuál es la gravedad de la nueva gripe (H1N1) 2009?
El contagio, al ser también un virus de la gripe, es como el de la gripe estacional: se transmite de persona a persona,
principalmente por el aire, en las gotitas de saliva y secreciones nasales que se expulsan al toser, al hablar o al estornudar.
Al estornudar, toser o hablar se emiten pequeñas gotitas de saliva, secreciones nasales que en aquellas personas que padezcan gripe,
tendrán virus en su interior. Estas microgotas respiratorias pueden quedar en las manos, en las superficies o dispersas en el aire.
Por tanto, el virus se puede transmitir también indirectamente por tocarse los ojos, la nariz o la boca después de haber tocado
las microgotas o secreciones respiratorias procedentes de una persona infectada que han quedado en las manos o depositadas en
superficies.
El virus se puede transmitir desde 1 día antes de empezar con los síntomas hasta 7 días después.
El virus de la gripe presenta una capacidad máxima de contagio los 3 primeros días desde que empiezan los síntomas pero se puede seguir transmitiendo hasta 7 días después por lo que se recomienda quedarse en casa para asegurarse de no transmitirlo a otras personas.
Sí. El virus no se transmite por los alimentos. No se contrae la gripe por consumir carne de cerdo o los productos derivados
del cerdo.
Para más información se puede consultar la web de la Organización Mundial de la Salud
El nivel de cloro que contiene el agua de las piscinas habitualmente (entre 1 y 3 partes por millón según las recomendaciones sanitarias) es suficiente para garantizar que no existe ningún riesgo de contagio de la gripe A a través del agua, pues se ha mostrado efectivo contra los virus tipo influenza, así como el nivel que existe en los spas (entre 3 y 5 partes por millón, de acuerdo a las directrices sanitarias). Sin embargo, en el resto de las superficies de estos espacios públicos se deben tomar las precauciones habituales pues existe el mismo riesgo que en cualquier otro recinto.
El riesgo de transmisión de la gripe en los gimnasios es igual que en otros espacios donde se concentra la gente habitualmente -medios de trasporte, comercios, cine, escuelas, campos de fútbol,…- por lo que han de adoptarse las medidas de prevención y de higiene ya señaladas.
El deportista con gripe o sospecha de poder tenerla, ha de evitar acudir al gimnasio. Para no extender el contagio, pero también para su recuperación -el reposo es fundamental en la recuperación de un cuadro de gripe -, debe de quedarse en casa 1 semana, o hasta 24 horas tras la desaparición de los síntomas.
La limpieza de las superficies lisas como los mangos de las bicicletas, pesas, máquinas, etc. se debe realizar de forma diaria, utilizando los detergentes y productos de habituales.
Asimismo, se recomienda que en los gimnasios estén disponibles papeleras, y en los cuartos de baño, jabón y toallas de papel desechables.
Hasta el momento la enfermedad, es leve en la mayoría de los casos.
Lo más frecuente es que la gripe evolucione favorablemente en 2- 4 días aunque se pueda continuar con tos una semana y sentir cansancio durante un par de semanas después del inicio de los síntomas.
- ¿Qué se puede hacer para evitar el contagio?
- ¿Existen medidas preventivas específicas para las personas con mayor probabilidad de desarrollar complicaciones?
- ¿Existen recomendaciones específicas para aplicar en los centros de trabajo y centros educativos?
- ¿Qué medidas deben adoptarse en las guarderías y/o escuelas infantiles para evitar el contagio?
- ¿Cómo hacer la limpieza de las guarderías y/o escuelas infantiles?
- ¿Qué se debe limpiar especialmente en estos centros?
- ¿Es recomendable el uso de mascarillas?
- ¿Cuándo se debe utilizar la mascarilla?
Para prevenir la propagación del virus es importante seguir estos consejos:
Al estornudar, toser o hablar se emiten pequeñas gotitas de saliva, secreciones nasales que pueden quedar en las manos, en las superficies o dispersas en el aire. Por tanto, el virus se puede transmitir también indirectamente por tocarse los ojos, la nariz o la boca después de haber tocado las microgotas o secreciones respiratorias procedentes de una persona infectada, que han quedado en las manos o depositadas en superficies.
Lavarse las manos con frecuencia: ¡A lavarse las manos! Esta es la principal medida de higiene. Medidas de higiene para todos (evitar contagiar y ser contagiados):
Las gotitas que se emiten al estornudar, toser o hablar pueden quedarse en las manos donde el virus puede sobrevivir unos minutos (menos de 5 minutos): por eso es importante el lavado de manos.
También pueden depositarse en superficies (de muebles, pomos, objetos...) donde el virus puede permanecer de horas a días: por eso es importante limpiar más frecuentemente (a diario) estas superficies con los productos de limpieza habituales.
Taparse la boca y la nariz con un pañuelo de papel al estornudar o toser y justo después tirar el pañuelo usado a la basura. Se debe evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca. Boca y nariz tapadas al estornudar o toser.
Otras Medidas:
Si se está enfermo, evitar contagiar a otras personas siguiendo los consejos de los profesionales sanitarios.
Evitar los besos y contacto muy cercano, así como compartir vasos, cubiertos y otros objetos que hayan podido estar en contacto con saliva o secreciones.
Duerme bien, ten una alimentación saludable, bebe agua, lleva una vida físicamente activa y evita las bebidas alcohólicas y el tabaco
Si tienes síntomas de la enfermedad sigue las indicaciones de tu Comunidad Autónoma.
Las medidas son las que se dan para toda la población, si bien deben extremar estas recomendaciones. Es importante también estar mantenerse bien informado para conocer las medidas que se puedan adoptar en cada momento.
La Población en general
¿Quiénes deben tener más cuidado?
Los Comités y Subcomités de Expertos están trabajando, desde hace meses, en la elaboración y actualización de protocolos específicos.
En la web del ministerio (www.msps.es) y en la página específica creada para informar de la evolución del nuevo virus (www.informaciongripea.es) se encuentran estos protocolos dirigidos a:
Colegios
Centros de Trabajo
Familias
Además se ha incorporado un documento específico de Preguntas y respuestas sobre la gripe pandémica A (H1N1) en los centros de trabajo.
Como medidas preventivas generales para todos los centros se recomienda:
Facilitar a las personas el lavado de manos poniendo a su disposición jabón y papel para secarse.
Realizar una limpieza diaria con los productos habituales y cuidando minuciosamente la limpieza de superficies, pomos de puertas, etc
Facilitar la información sobre qué medidas preventivas hay que tomar frente a la gripe A (H1N1).
Como ya se ha señalado, las microgotas de saliva que contiene el nuevo virus de la gripe A H1N1 pueden sobre depositarse en mesas, pomos de las puertas, objetos, juguetes,… y permanecer allí desde horas hasta un máximo de 2 días, de ahí la importancia de reforzar las medidas higiénicas.
También debe extremarse la precaución en la manipulación de alimentos, biberones, chupetes, juguetes, material escolar, etc.
Para más información se pueden consultar las guías elaboradas por el ministerio y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud:
Escuelas Infantiles:
Colegios:
Los procedimientos de limpieza son los que se realizan habitualmente:
Se puede usar cualquier jabón o detergente. El agua tendrá la temperatura que indique la etiqueta del producto de limpieza.
Tras la limpieza con el jabón o detergente hay que realizar un enjuague con agua.
Seguir cuidadosamente las instrucciones cuando se usen desinfectantes y limpiadores.
Se deberá quitar el polvo que se haya depositado en las mesas u objetos con agua y jabón con trapos humedecidos, ¡nunca trapos secos!. Siempre que sea posible se evitará barrer ya que supondría levantar el polvo del suelo, es preferible aspirar. En ambos casos se podrían levantar aerosoles que al ser inspirados, serían potencialmente contagiosos, pues el virus puede permanecer en las superficies lisas hasta 2 días.
La limpieza se realizará en todo el centro escolar al menos una vez al día , prestando una máxima atención en:
Mesas, sillas y cunas.
Pomos de las puertas.
Interruptores de la luz, teléfonos, timbres.
Material escolar y didáctico.
Juguetes.
Aseos.
Pañales
Cuando se proceda al cambiado de pañal de los niños, se limpiará la zona en la que se realice antes y después del cambio. Es recomendable que se utilice papel desechable para cubrir las camillas o cambiadores.
Zona de juegos
Se recomienda no tener alfombras , ni tapetes para el suelo, ni peluches, a no ser que se extreme en ellos la limpieza. Si se tienen no se deben sacudir al limpiarlos.
Otras medidas preventivas
Es conveniente utilizar servilletas de papel desechables , que se descartarán cada día una vez utilizadas, su eliminación siempre que sea posible, se realizará en un cubo con tapa y con una bolsa de plástico en su interior, preferiblemente con apertura a pedal. Tras la eliminación de la servilleta de papel, es conveniente lavarse las manos.
Hay que prestar máxima atención a los chupetes, biberones, mordedores … de los bebés, para que no los intercambien entre ellos.
El profesorado debe estar atento para que no se compartan instrumentos de viento, lápices, rotuladores y todo aquel material que los alumnos puedan llevarse a la boca y compartirlo con otros.
Se recomienda distanciar el espacio entre las cunas y pupitres en las clases, si es posible.
EN TODOS LOS AMBITOS EDUCATIVOS :
Es conveniente que el personal del colegio se plantee la posibilidad de:
Lavar las manos de los niños pequeños con agua y jabón e instruir sobre ello a los mayores.
Instaurar métodos didácticos para el aprendizaje de los alumnos sobre la limpieza de sus manos.
Informar y recomendar a las familias de los alumnos sobre la importancia del lavado de manos.
Medidas de higiene en otros centros educativos.
Son las mismas que se han señalado, pero extendiéndolas a los materiales que se utilizan en ciclos superiores: ordenadores, ratones, interruptores de la luz…
OTROS PUNTOS DE INTERÉS PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXTESIÓN DEL VIRUS EN LOS COLEGIOS:
Se deben airear diariamente las aulas, comedores, aseos, y todas las dependencias del centro. Se abrirán las ventanas al menos antes de empezar y tras terminar las clases.
Lavar los utensilios de comida y las cacerolas y demás útiles de la forma habitual . No es necesario utilizar guantes de goma estériles.
Evitar que se produzca un intercambio de vasos, cubiertos, servilletas y cepillos de dientes entre los alumnos del centro escolar.
Ventilar los autobuses antes y después del recorrido. Deben limpiarse con agua y detergente las superficies interiores como son los pomos de las puertas, los pasamanos, … Es conveniente tener disponibles en el autobús pañuelos de papel desechables , y un cubo o papelera con tapa y bolsa de plástico en su interior.
Las mascarillas pueden ser de cierta utilidad para las personas que están en contacto con enfermos o para contener las microgotas que los propios enfermos expulsan al toser o estornudar. Pero si no se usan correctamente se puede aumentar el riesgo de transmisión.
No obstante, el paciente utilizará SIEMPRE mascarilla tipo quirúrgica, mientras que el profesional como norma también utilizará esta mascarilla quirúrgica, salvo casos especiales, como las situaciones de riesgo de generación de aerosoles
Utilización de las mascarillas
Recomendaciones para la prevención
En cuanto a la venta en farmacias, no está recomendado por el Ministerio el uso de protectores respiratorios de partículas para población general, ni para pacientes con sospecha, tal como se indica en las direcciones Web anteriormente citadas.
No se recomienda el uso de mascarillas para la población general. Sólo se recomienda usarlas a las personas enfermas mientras están en contacto con otras personas y a las personas que las cuidan.
- ¿Cuáles son los síntomas de la gripe A (H1N1)?
- ¿La gripe puede ser grave en algún caso?
- ¿Qué tenemos que hacer si tenemos síntomas de gripe?
- ¿Qué hacer en casa si un niño enferma de gripe A?
- ¿Cuáles son los síntomas que advierten que la gripe se agrava?
- ¿Cuántas personas infectadas por este nuevo virus A (H1N1) hay en España?
Reconocer esta enfermedad es fácil, porque se comporta como una gripe cualquiera. Piense en la posibilidad de haberla contraído si de forma repentina tuviera:
1. Al menos uno de estos cuatro síntomas:
Fiebre superior a 38 ºC.
Malestar general.
Dolor de cabeza.
Dolores musculares.
2. Y, además, al menos uno de estos tres síntomas:
Tos.
Dolor de garganta.
Dificultad para respirar.
En ocasiones también pueden aparecer náuseas y vómitos.
Si usted tiene gripe, en la mayoría de las ocasiones podrá cuidarse en su domicilio. Hasta el momento la enfermedad es leve en la mayoría de los casos. Lo más frecuente es que la gripe evolucione favorablemente en 2-4 días aunque se pueda continuar con tos una semana y sentir cansancio durante las semanas siguientes al inicio de la enfermedad.
Al igual que en la gripe estacional, esta gripe puede ser grave en algunos casos. Hasta ahora los grupos que parecen presentar
mayor probabilidad de sufrir complicaciones son:
Las personas de cualquier edad con:
Enfermedades del corazón (excepto hipertensión).
Enfermedades respiratorias crónicas.
Diabetes en tratamiento con fármacos.
Insuficiencia renal moderada-grave.
Enfermedades de la sangre como hemoglobinopatías o anemias si son moderadas o graves.
Personas sin bazo.
Enfermedades hepáticas crónicas avanzadas.
Enfermedades neuromusculares graves.
Inmunosupresión (incluida la del VIH-SIDA o las producidas por fármacos, o las de las personas transplantadas).
Obesidad mórbida (índice de masa corporal de 40 o más).
Los menores de 18 años que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico (aspirina).
Las embarazadas: En el embarazo el sistema inmune está disminuido de manera natural, por eso hay más posibilidad de tener gripe y desarrollar complicaciones.
Es posible que más adelante, con los datos del seguimiento de la pandemia, se identifiquen otros grupos de población con más
probabilidad de desarrollar complicaciones.
En la mayor parte de los casos la gripe se cura sola y no hay que tomar ninguna medida especial, salvo las habituales, por lo se recomienda:
Guardar reposo en el propio domicilio.
Beber abundantes líquidos (agua, zumos...).
Alimentarse de forma sana y equilibrada (frutas y verduras...).
Mantener una buena higiene general de la casa y lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón.
Para el control de la fiebre, utilizar antitérmicos que lleven, preferiblemente, paracetamol en su composición.
Para disminuir la posibilidad de contagio:
- Disponer de un espacio individual y bien ventilado.
- Comunicar la situación a familiares, amigos y centro de trabajo o estudio, para reducir las visitas y contactos entre personas hasta 24 horas después de la desaparición de la fiebre sin necesidad de administrar antitérmicos.
Si además la persona enferma vive sola, conviene que cuente con alguien conocido que esté pendiente de ella o que pueda ayudarla en caso necesario.
Debe contactar con los servicios sanitarios lo antes posible cualquier persona que presente alguno de los siguientes síntomas ya que pueden indicar progresión hacia una gripe más grave:
En caso de que aparezca :
Dificultad para respirar.
Empeoramiento repentino.
Empeoramiento pasados ya siete días de la enfermedad.
Dolor en el pecho.
Expectoración sanguinolenta.
Aspecto azulado o amoratado de la piel y de los labios.
Mareo o alteraciones de la conciencia.
Fiebre elevada que persista más de tres días.
Caída de la tensión arterial.
Otros síntomas diferentes a los habituales de la gripe.
En niños , se recomienda prestar atención a los siguientes signos:
Respiración acelerada.
Dificultad para respirar.
Dificultad para despertarse.
Erupciones en la piel.
Nauseas.
Irritabilidad extrema
Si usted presenta los síntomas habituales de gripe, aunque sean leves, y pertenece a alguno de los grupos más vulnerables :
Personas de cualquier edad con:
- Enfermedades del corazón (excepto hipertensión).
- Enfermedades respiratorias crónicas.
- Diabetes en tratamiento con fármacos.
- Insuficiencia renal moderada-grave.
- Enfermedades hepáticas crónicas avanzadas.
- Enfermedades neuromusculares graves.
- Falta de bazo.
- Enfermedades de la sangre como hemoglobinopatías o anemias, si son moderadas o graves.
- Inmunosupresión (incluidas la de VIH-SIDA, las producidas por fármacos, o la de las personas transplantadas).
- Obesidad mórbida (índice de masa corporal de 40 o más).
Los menores de 18 años que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico (aspirina).
Si el niño presenta alguno de los síntomas gripales señalados en respuesta anteriores debe permanecer en casa. Si el niño va a una guardería, escuela infantil o colegio se avisará al centro y se informará de su enfermedad y no acudirá hasta que se recupere.
Si los síntomas se presentan durante la jornada escolar o la estancia en guardería y quien avisa es la guardería o colegio, lógicamente, la familia o tutores del menor deberán ir a buscarlo. Además como se indica en la guía de centros escolares mientras llegan los padres se recomienda situar al alumno en un espacio no compartido.
Comos se ha señalado, la mayoría de los casos cursan como un cuadro leve, por lo que esta gripe se cura de la manera habitual: reposo, ingesta abundante de líquidos (agua, zumos…), uso de antitérmicos y analgésicos habituales como paracetamol y finalmente seguir las recomendaciones de los profesionales sanitarios hasta recuperarse y en cualquier caso permanecer en el domicilio al menos hasta 24 horas después de que la fiebre haya desparecido sin usar medicamentos antitérmicos.
Más información en:
Guía sobre la nueva gripe para las familias
Dificultad para respirar.
Sensación de falta de aire, ya sea en reposo o al hacer esfuerzos físicos.
Dolor torácico.
Esputo sanguinolento o de color anormal.
Aspecto azulado o amoratado de piel y labios.
Mareo o alteraciones de la conciencia.
Fiebre elevada que persista por más de tres días
Caída de la presión arterial.
Empeoramiento repentino.
Empeoramiento pasados ya 7 días de enfermedad.
Otros síntomas diferentes de los habituales de la gripe.
En niños, signos que pueden indicar peligro son:
respiración acelerada.
dificultad para respirar
dificultad para despertarse,
No tener ganas de jugar.
Erupciones en la piel.
Nauseas.
Irritabilidad extrema.
Se pueden consultar los datos actualizados en la web del Ministerio de Sanidad y Política Social:Informes de Situación
- ¿Tienen las personas mayores de 65 años sanas más probabilidad de sufrir complicaciones a causa de esta gripe?
- ¿Cuáles son los grupos de riesgo?¿Se van a incorporar más grupos?
- ¿Como deben de actuar las personas con síntomas leves pero que pertenezcan a alguno de los grupos de riesgo?
- ¿Qué puedo hacer para protegerme/evitar contagiarme si estoy embarazada?
- ¿Qué debo hacer si estoy embarazada y he estado en contacto con un enfermo de Gripe A (H1N1)?
- ¿Qué ocurre si, a pesar de todas las precauciones se infecta con el nuevo virus de la gripe A (H1N1) una mujer embarazada?
- ¿Puedo estar tranquila en el embarazo al tomar antivirales si mi médico me los indica?
- ¿Puede continuarse la lactancia materna si se tiene gripe por nuevo virus A (H1N1)?
Los mayores de 65 años sanos, hasta ahora, no han demostrado tener más probabilidad de sufrir complicaciones. Estudios realizados indican que tienen un cierto grado de protección probablemente por haber estado expuestos a virus de características similares anteriormente, no obstante, los expertos reevalúan diariamente las indicaciones para cada grupo de población ya que éstas pueden variar a lo largo de la pandemia.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha definido los siguientes grupos de riesgo a los que se recomienda la vacunación:
Trabajadores sanitarios y parasanitarios: tanto de atención primaria como hospitalaria, pública y privada, así como el personal de residencias de la tercera edad y centros de atención a enfermos crónicos.
Trabajadores de servicios públicos esenciales: fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, bomberos, servicios de protección civil, personas que trabajan en los servicios de emergencias sanitarias y trabajadores de instituciones penitenciarias y de centros de atención al refugiado e inmigrantes.
Adultos y bebés mayores de 6 meses, con un alto riesgo de complicaciones derivadas de la infección por el virus pandémico por sufrir alguna de las siguientes patologías:
1) Enfermedades cardiovasculares crónicas (excluyendo la hipertensión).
2) Enfermedades respiratorias crónicas.
3) Diabetes tipo I y tipo II con tratamiento farmacológico.
4) Insuficiencia renal moderada o grave.
5) Hemoglobinopatías y anemias moderadas o graves.
6) Asplenia.
7) Enfermedad hepática crónica avanzada.
8) Enfermedades neuromusculares graves.
9) Pacientes con inmunosupresión (incluida la originada por infección por VIH o por fármacos o en los receptores de trasplantes).
10) Obesidad mórbida (índice de masa corporal igual o superior a 40).
11) Niños y adolescentes, menores de 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye.
Mujeres embarazadas.
No obstante, dependiendo de la evolución epidemiológica se podrán incorporar otros grupos de riesgo que sean considerados por los expertos y aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Ante la aparición de síntomas de la nueva gripe, aunque sean leves, las personas incluidas en los grupos de riesgo: mujeres embarazadas, enfermos crónicos, inmunodeprimidos, etc… deben ponerse en contacto con los servicios sanitarios de su CCAA.
También debe contactar con los servicios sanitarios lo antes posible cualquier persona que presente alguno de los siguientes síntomas ya que pueden indicar progresión hacia una gripe más grave:
Dificultad para respirar.
Sensación de falta de aire, ya sea en reposo o al hacer esfuerzos físicos.
Dolor torácico.
Esputo sanguinolento o de color anormal.
Aspecto azulado o amoratado de piel y labios.
Mareo o alteraciones de la conciencia.
Fiebre elevada que persista por más de tres días
Caída de la presión arterial.
Empeoramiento repentino.
Empeoramiento pasados ya 7 días de enfermedad.
Otros síntomas diferentes de los habituales de la gripe.
En niños, signos que pueden indicar peligro son:
Respiración acelerada
Dificultad para respirar
Dificultad para despertarse
No tener ganas de jugar.
Las embarazadas son mas susceptibles a todas las infecciones porque su sistema inmunitario esta disminuido de manera natural. Por esto motivo y en relación a la Gripe, es importante que cumpla de manera continuada las mismas medidas preventivas que la población general. Si esta embarazada, evite el contacto cercano con personas enfermas.
Todos hemos podido estar en contacto con enfermos de la gripe A (H1N1). Sin embargo, si ha estado en estrecho contacto con alguien que ha desarrollado una gripe A, entre un día antes de desarrollar los síntomas y hasta 7 días después del inicio de los mismos debe ponerse en contacto con su medico/ servicio sanitario lo antes posible para que valore su situación.
La mayoría de mujeres embarazadas que han pasado la gripe han tenido sólo síntomas leves. Pero durante el embarazo, y especialmente en el segundo y tercer trimestre, existe un mayor riesgo de complicaciones asociado al nuevo virus de la gripe. Este riesgo aumentado se ha observado en pandemias anteriores y en la gripe estacional. Por ello, si está embarazada y comienza con síntomas de gripe debe ponerse en contacto con su medico/servicio sanitario lo antes posible para que realicen una valoración individual de su caso. La fiebre suele estar presente en el 97 % de los casos de mujeres embarazadas que padecen la gripe A. Si tiene fiebre, debe bajarla de inmediato con paracetamol. Paracetamol es un medicamento seguro en el embarazo y la fiebre se ha asociado a un incremento de defectos del tubo neural cuando ocurren en el primer trimestre de gestación y a otros problemas neonatales. Controlar la fiebre es un objetivo prioritario del tratamiento médico. Aunque en la fase actual de la pandemia por el virus de la gripe A (H1N1) solo se aconseja tomar muestras para confirmar el diagnostico en los casos graves que requieren hospitalización. La embarazada constituye una excepción y debe confirmarse el diagnostico, para evitar un tratamiento innecesario.
Como sabe el embarazo es una época muy especial en el que un nuevo ser esta creciendo en su interior. Por este motivo existen unos límites de seguridad muy estrictos para el uso de medicamentos en embarazadas. Las embarazadas no forman parte de los grupos de prueba de los medicamentos y por lo tanto muchas veces no pueden descartarse totalmente los efectos adversos. Muchas embarazadas han tenido que ser tratadas por complicaciones de la gripe con estos medicamentos y si bien no se han notificado hasta ahora efectos adversos graves, es mejor ser prudentes y solo usarlos cuando una valoración individual cuidadosa nos indique que los beneficios podrán superar los posibles inconvenientes.
La leche materna contiene anticuerpos que protegen al bebé de numerosas enfermedades. Así, se aconseja mantener la lactancia aunque la madre contraiga la gripe o haya estado en contacto con casos confirmados o sospechosos, o este tomado antivirales por prescripción médica. La cantidad de antiviral que se segregan en la leche materna es insignificante.
Para evitar la transmisión de la gripe al niño, la madre debe ser especialmente cuidadosa con las medidas higiénicas habituales. Y podría usarse una mascarilla ya que si esta enferma podría toser durante la toma y sus secreciones alcanzar al bebe. La mascarilla minimiza la posibilidad de que pueda contagiar a otros. En el caso de que la enfermedad complique la lactancia o el riesgo de transmisión respiratoria de la enfermedad sea muy probable, se recomienda extraer la leche con un dispositivo extractor y administrarla después al bebé.
- ¿Cómo se diagnostica la gripe?
- ¿Cuánto tiempo se necesita para saber si un caso en estudio tiene la gripe?
- ¿Cómo se hace el recuento de casos de gripe A?
El diagnóstico lo hace el profesional sanitario basándose en los síntomas que la persona presenta. Sólo se realiza diagnóstico de laboratorio en hospitalizados y personas con alto riesgo de sufrir complicaciones. También en algunos de los casos que atienden los médicos centinelas para seguir la evolución del virus que circula en la comunidad.
En 48 horas puede saberse el resultado de las pruebas de laboratorio, aunque desde que la muestra se obtiene hasta que llega el resultado definitivo, se puede tardar algo más.
En el momento actual, estamos en fase de pandemia, por lo que el diagnóstico se realiza con criterios clínicos, es decir, fundamentalmente en función de los síntomas que presente el paciente.
Existe un grupo de médicos distribuidos por toda la geografía española, llamados médicos centinela que atienden a una población que representa a la población española. Cuando los médicos centinela diagnostican un caso de gripe, toman muestras a un pequeño porcentaje de los enfermos que atienden. Las muestras son enviadas al laboratorio para su confirmación y así se ve qué proporción de ellos son positivos para la gripe A.
En función de los casos que atienden esos médicos se calcula la tasa de infección por gripe A. Esta tasa se expresa en número de casos por cada 100.000 personas. La tasa se calcula todas las semanas.
- ¿Existen medicamentos para el tratamiento de la gripe?
Sí. El nuevo virus de la gripe se trata como la gripe estacional, con medicamentos que alivien los síntomas: para bajar la fiebre,
para la tos, los dolores musculares...
En España se dispone también de tratamientos antivirales que pueden resultar útiles: oseltamivir (Tamiflu®) y zanamivir (Relenza®).
Ninguno de estos medicamentos cura. Actúan disminuyendo la duración de la enfermedad en aproximadamente un día y disminuyendo la
posibilidad de complicaciones. Por todo ello, actualmente sólo están indicados en personas con gripe que requieran hospitalización o
aquellas que, hasta el momento, presentan una mayor probabilidad de sufrir complicaciones.
En estas personas se considera que, ante el diagnóstico de gripe, el beneficio de la administración de estos fármacos supera el riesgo de los posibles efectos adversos que pueden estar presentes en cualquier medicamento.
Como todos los medicamentos, Tamiflu y Relenza, tienen efectos secundarios y contraindicaciones, por tanto, deben ser prescritos siempre por profesionales médicos. El uso irresponsable de estos medicamentos puede contribuir a crear resistencias del virus lo que reduciría su efectividad.
En estos momentos, España cuenta con una reserva de antivirales de más de 15 millones de tratamientos, que ya se están usando en los casos en los que está indicado. Estos medicamentos no se dispensan en las farmacias.
La gripe está causada por un virus, por lo que los antibióticos no están indicados. Sólo son útiles, siempre bajo prescripción
médica, en el caso de producirse complicaciones bacterianas.
- ¿Hay vacuna autorizada para el nuevo virus?
- ¿Qué vacuna de gripe A me tengo que poner?
- ¿Cuántas dosis de vacuna necesito?
- ¿Qué efectos secundarios tiene la vacuna?
Los efectos secundarios que se han observado hasta la fecha son similares a los que se presentan normalmente con la vacuna de la gripe estacional. Los más frecuentes son: dolor, enrojecimiento e hinchazón en el punto de inoculación, y síntomas parecidos a los de un cuadro de gripe leve que desaparecen en 1-2 días sin tratamiento. Para más información visite la página web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS):
http://www.msps.es/servCiudadanos/alertas/informacionAEMPS.htm
- ¿Qué utilidad tiene la vacuna?
- ¿Quién tiene que vacunarse?
- ¿Cuándo se va a comenzar la vacunación en nuestro país?
- ¿En qué personas está indicada la vacunación frente al nuevo virus pandémico (H1N1) 2009?
- ¿Cuántas vacunas se han encargado?
- ¿Habrá vacunas seguras para los niños con alergia al huevo? ¿Y para los adultos alérgicos al huevo?
- ¿En qué se parece esta vacuna a la vacuna de gripe estacional?
- ¿Quién debe vacunarse contra la gripe estacional?
En España dispondremos de los siguientes preparados aprobados por la EMEA (Agencia Europea del Medicamento), ambos seguros y eficaces:
Focetria® – (Laboratorios Novartis)
Pandemrix® – (Laboratorios Glaxo SmithKline)
Según informa la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), estos preparados llevan una cepa A (H1N1) similar a la que ha causado la pandemia y en todas estas presentaciones la vacuna contiene virus inactivados, nunca vivos.
Tanto Focetria® como Pandemrix® llevan además un adyuvante, que es una sustancia que aumenta la respuesta inmune a la vacuna, lo que permite que se necesite menos cantidad de vacuna para obtener una inmunidad satisfactoria. Ambos adyuvantes (MF59 para Focetria®, y ASO3 para Pandemrix®), se han mostrado seguros en sus respectivos ámbitos de aplicación
No se debe vacunar a los menores de 6 meses.
Entre 6 meses y 17 años se administrará Focetria® en presentación monodosis para quienes pertenezcan a los grupos de mayor riesgo de complicaciones.
Para las embarazadas habrá una vacuna sin adyuvante.
Para los adultos entre 18 y 60 años de alguno de los grupos prioritarios se aplicará preferentemente Pandemrix®.
En los mayores de 60 años pertenecientes a alguno de los grupos prioritarios se administrará preferentemente Focetria®.
Si tiene alguna duda consulte a su médico.
Aunque inicialmente se había diseñado para administrarse en dos dosis, con tres semanas de intervalo entre una y otra, dado que la vacuna se ha mostrado muy eficaz, en la mayoría de los casos, una sola dosis será suficiente. Pregunte a su médico.
La vacuna de la gripe no evita en todos los casos que se adquiera la enfermedad pero sí da cierta protección frente a ella y reduce el riesgo de complicaciones, por eso la vacuna estará indicada fundamentalmente en las personas que presentan mayor riesgo de desarrollar estas complicaciones.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (compuesto por
todos los Consejeros/as de sanidad de las Comunidades Autónomas y presidido por
la Ministra de Sanidad y Política Social) aprobó por unanimidad, a propuesta de
la Comisión de Salud Pública y siguiendo las recomendaciones de la Comisión
Europea unos grupos de población prioritarios para la vacunación contra la
nueva gripe:
Mujeres embarazadas
Trabajadores socio-sanitarios
- Todos los trabajadores de los centros sanitarios, tanto de atención primaria como hospitalaria, pública y privada.
- Personal empleado en residencias de la tercera edad y en centros de atención a enfermos crónicos que tengan contacto continúo con personas vulnerables.
Personas que trabajan en servicios públicos esenciales
- Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, con dependencia nacional, autonómica o local.
- Bomberos.
- Servicios de protección civil.
- Personas que trabajan en los teléfonos de los servicios de emergencias sanitarias.
- Trabajadores de instituciones penitenciarias y de otros centros de internamiento por resolución judicial.
Personas mayores de 6 meses de edad que, por presentar una condición clínica especial, tienen un mayor riesgo de complicaciones derivadas de la infección por el virus pandémico (H1N1) 2009. Estas condiciones clínicas son:
- Enfermedades cardiovasculares crónicas (excluyendo la hipertensión).
- Enfermedades respiratorias crónicas (incluyendo displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma moderada-grave persistente).
- Diabetes mellitus tipo I y tipo II con tratamiento farmacológico.
- Insuficiencia renal moderada-grave.
- Hemoglobinopatías y anemias moderadas-graves.
- Falta de bazo.
- Enfermedad hepática crónica avanzada.
- Enfermedades neuromusculares graves.
- Pacientes con inmunosupresión (incluyendo la originada por infección por VIH, o por fármacos, o en los receptores de trasplantes).
- Obesidad mórbida (índice de masa corporal igual o superior a 40).
- Personas menores de 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye.
Esto no implica que se haya excluido a nadie. Si las recomendaciones técnicas y científicas de los organismos sanitarios nacionales e internacionales, aconsejasen vacunar a otros grupos de población así se haría ya que vamos a disponer de las vacunas necesarias.
A partir del 16 de noviembre se iniciará la vacunación con los grupos prioritarios aprobados en el Consejo Interterritorial de Salud del pasado 22 de octubre, que son los siguientes:
Mujeres embarazadas
Trabajadores socio-sanitarios
- Todos los trabajadores de los centros sanitarios, tanto de atención primaria como hospitalaria, pública y privada.
- Personal empleado en residencias de la tercera edad y en centros de atención a enfermos crónicos que tengan contacto continúo con personas vulnerables.
Personas que trabajan en servicios públicos esenciales
- Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, con dependencia nacional, autonómica o local.
- Bomberos.
- Servicios de protección civil.
- Personas que trabajan en los teléfonos de los servicios de emergencias sanitarias.
- Trabajadores de instituciones penitenciarias y de otros centros de internamiento por resolución judicial.
Personas mayores de 6 meses de edad que, por presentar una condición clínica especial, tienen un mayor riesgo de complicaciones derivadas de la infección por el virus pandémico (H1N1) 2009. Estas condiciones clínicas son:
- Enfermedades cardiovasculares crónicas (excluyendo la hipertensión).
- Enfermedades respiratorias crónicas (incluyendo displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma moderada-grave persistente).
- Diabetes mellitus tipo I y tipo II con tratamiento farmacológico.
- Insuficiencia renal moderada-grave.
- Hemoglobinopatías y anemias moderadas-graves.
- Falta de bazo.
- Enfermedad hepática crónica avanzada.
- Enfermedades neuromusculares graves.
- Pacientes con inmunosupresión (incluyendo la originada por infección por VIH, o por fármacos, o en los receptores de trasplantes).
- Obesidad mórbida (índice de masa corporal igual o superior a 40).
- Personas menores de 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye.
En nuestro país la vacunación es voluntaria, incluso en los grupos en los que ésta se recomienda de forma prioritaria, tal y como ha ocurrido en todas las campañas de vacunación que se han llevado a cabo.
No obstante, dependiendo de la evolución epidemiológica se podrán incorporar otros grupos de riesgo que sean considerados por los expertos y aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha definido los siguientes grupos prioritarios a los que se recomienda la vacunación:
Mujeres embarazadas
Trabajadores socio-sanitarios
- Todos los trabajadores de los centros sanitarios, tanto de atención primaria como hospitalaria, pública y privada.
- Personal empleado en residencias de la tercera edad y en centros de atención a enfermos crónicos que tengan contacto continúo con personas vulnerables.
Personas que trabajan en servicios públicos esenciales
- Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, con dependencia nacional, autonómica o local.
- Bomberos.
- Servicios de protección civil.
- Personas que trabajan en los teléfonos de los servicios de emergencias sanitarias.
- Trabajadores de instituciones penitenciarias y de otros centros de internamiento por resolución judicial.
Personas mayores de 6 meses de edad que, por presentar una condición clínica especial, tienen un mayor riesgo de complicaciones derivadas de la infección por el virus pandémico (H1N1) 2009. Estas condiciones clínicas son:
- Enfermedades cardiovasculares crónicas (excluyendo la hipertensión).
- Enfermedades respiratorias crónicas (incluyendo displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma moderada-grave persistente).
- Diabetes mellitus tipo I y tipo II con tratamiento farmacológico.
- Insuficiencia renal moderada-grave.
- Hemoglobinopatías y anemias moderadas-graves.
- Falta de bazo.
- Enfermedad hepática crónica avanzada.
- Enfermedades neuromusculares graves.
- Pacientes con inmunosupresión (incluyendo la originada por infección por VIH, o por fármacos, o en los receptores de trasplantes).
- Obesidad mórbida (índice de masa corporal igual o superior a 40).
- Personas menores de 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye.
No obstante, dependiendo de la evolución epidemiológica se podrán incorporar otros grupos de riesgo que sean considerados por los expertos y aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
El Gobierno, por acuerdo unánime de todas las Comunidades Autónomas, ha encargado 37 millones de dosis de la vacuna contra el nuevo virus de la Gripe A (H1N1) lo que daría para vacunar a un 40% de la población. Por si fuera necesario, también se ha hecho la reserva para otro 20%.
En la fabricación de la vacuna Focetria® recomendada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para niños de 6 meses a 17 años, se han utilizado huevos para conseguir la propagación de los virus. Por lo tanto, en caso de ser alérgicos al huevo, debe advertirlo al personal sanitario que le vaya a vacunar, para valorar de forma individualizada la conducta a seguir. En cualquier caso y dado que existen muy diversos grados de alergia al huevo, han de ser los facultativos quienes determinen qué conducta se ha de seguir en cada caso concreto.
Las vacunas que se usan contra la gripe estacional (la gripe de todos los inviernos) no han demostrado eficacia frente al nuevo virus pero se recomienda que todas las personas pertenecientes a los grupos de riesgo habituales se vacunen, como hacen cada año. Cabe la posibilidad de que ambas gripes puedan coincidir en el tiempo.
Este año las autoridades sanitarias han puesto en marcha la campaña de vacunación de la gripe estacional dirigida a los grupos de población habituales, aunque con un pequeño adelanto con respecto a años anteriores, para evitar que ambas vacunas coincidan en el tiempo, con la intención de dejar pasar, aproximadamente un mes, entre la vacuna para la gripe estacional y la próxima vacuna frente a la gripe pandémica, A (H1N1). La vacuna de la gripe pandémica estará destinada, en principio, a los grupos de riesgo establecidos por las autoridades sanitarias, que se harán públicos cuando la vacuna esté disponible.
Las mismas personas que en años anteriores:
Personas de edad igual o superior a 65 años. Se hará especial énfasis en aquellas personas que conviven en instituciones cerradas.
Personas menores de 65 años, que por presentar una condición clínica especial tienen un alto riesgo de complicaciones derivadas de la gripe o porque el padecer la enfermedad pueda provocar una descompensación de su condición médica:
Niños/as (mayores de 6 meses) y adultos con enfermedades crónicas cardiovasculares o pulmonares, incluyendo: displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma.
Niños/as (mayores de 6 meses) y adultos con enfermedades metabólicas crónicas, incluyendo: diabetes mellitus; insuficiencia renal; hemoglobinopatías y anemias; asplenia; enfermedad hepática crónica; enfermedades neuromusculares graves o inmunosupresión, incluida la originada por la infección por VIH o por fármacos o en los receptores de transplantes. En este grupo se hará un especial énfasis en aquellas personas que precisen seguimiento médico periódico o que hayan sido hospitalizadas en el año precedente.
Personas que conviven en residencias, instituciones o en centros que presentan asistencia a enfermos crónicos de cualquier edad.
Niños/as y adolescentes, de 6 meses a 18 años, que reciben tratamiento prolongado con ácido acetil salicílico, por la posibilidad de desarrollar un síndrome de Reye tras la gripe.
Mujeres embarazadas, preferiblemente a partir del segundo trimestre del embarazo.
Personas que pueden transmitir la gripe a aquellas que tienen un alto riesgo de presentar complicaciones:
Profesionales sanitarios y parasanitarios, tanto de atención primaria como hospitalaria. Se hará especial énfasis en aquellos profesionales que atienden a pacientes de algunos de los grupos de alto riesgo anteriormente descritos.
Personas que, por su ocupación, trabajan en instituciones geriátricas o en centros de cuidados de enfermos crónicos y que tienen contacto directo con los residentes.
Personas que proporcionen cuidados domiciliarios a pacientes de alto riesgo o ancianos.
Personas que conviven en el hogar, incluidos niños/as, con otras que pertenecen a algunos de los grupos de alto riesgo, por su condición clínica especial (citados en el punto 2).
Otros grupos en los que se recomienda la vacunación:
Personas que, por su ocupación, prestan servicios comunitarios esenciales: policías, bomberos, personal de protección civil, etc.
Viajeros internacionales: Personas que presentan mayor riesgo de complicaciones de gripe, por su edad o por su condición clínica especial, que no fueron vacunadas durante la temporada gripal, y que se dirigen a zonas tropicales en cualquier época del año o viajen al hemisferio sur entre los meses de abril a septiembre.
Así mismo, deberán ser vacunadas de gripe todas las personas que se dirijan a zonas donde existen brotes de gripe aviar altamente patogénicos y puedan estar en contacto estrecho con granjas de aves de corral o con probabilidad de exposiciones intensas a aves.
Personas que, por su ocupación, pueden estar en contacto con aves sospechosas o conocidas, de estar infectadas por virus de gripe aviar altamente patogénicos, especialmente:
Las personas que están directamente involucradas en las tareas de control y erradicación de los brotes (destrucción de los animales muertos, limpieza y desinfección de las áreas infectadas).
Las personas que viven y/o trabajan en granjas de aves donde se han notificado brotes, o se sospecha su existencia.
Esta recomendación deberá actualizarse en función de las evidencias epidemiológicas sobre el patrón de presentación y difusión de la infección por virus de gripe aviar.
Información general
- ¿Van a participar los servicios de prevención en la vacunación de gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Deberían las Empresas almacenar antivirales para hacer frente a la gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Qué debería hacer como trabajador si presento síntomas de gripe?
- ¿Qué debería hacer como empresario ante un trabajador que presente síntomas sospechosos de gripe pandémica (H1N1) 2009 en su puesto de trabajo?
- ¿Dónde puedo asesorarme, en mi Comunidad Autónoma, si tengo dudas sobre las actuaciones a seguir sobre la gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Hay un número de teléfono de contacto para los ciudadanos para gripe?
- ¿Qué debe hacer la empresa ante la gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Cómo puedo prepararme para evitar que la gripe pandémica (H1N1) 2009 afecte a la actividad productiva de mi empresa?
Serán las Autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas las que planificarán la distribución de la vacuna en su ámbito territorial y planificarán las correspondientes campañas de vacunación.
El Ministerio de Sanidad y Política Social desaconseja la adquisición o almacenamiento de antivirales para gripe puesto que se ha establecido un sistema que garantiza el acceso a los antivíricos para aquellos pacientes en los que estén médicamente indicados. La distribución de antivíricos fuera del canal sanitario propicia su mal uso y la aparición de resistencias.
Por el momento, para aquellas empresas que de acuerdo con sus planes de prevención pueden disponer de tratamientos antivirales, con autorización comunitaria, adquiridos en otros países de la Unión Europea, no es precisa la autorización de la Agencia Española del Medicamento y Prestaciones Sanitarias para su almacenamiento y prescripción por parte de los servicios de prevención si bien se deberán mantener las garantías de información a los trabajadores previstas en la normativa nacional y remitir a este correo electrónico el listado de los lotes recibidos : sgicm@agemed.essgicm@agemed.es
Debe actuar según los procedimientos establecidos por la Autoridad sanitaria en su Comunidad Autónoma. Debe al mismo tiempo, cumplir con los trámites administrativos laborales necesarios en caso que su situación clínica requiera no acudir al trabajo, en la mayoría de los casos serán los relativos a la baja laboral (parte de incapacidad temporal) que debe ser prescrita por el médico que corresponda del Sistema Nacional de Salud. En todo caso es necesario usar los servicios sanitarios con responsabilidad y seguir las recomendaciones que las Autoridades sanitarias de su Comunidad Autónoma pudieran adoptar en cada momento.
El empresario debería informar al trabajador sobre la gripe pandémica o indicarle las fuentes de información que se pueden consultar, con la finalidad de que el trabajador conozca los procedimientos establecidos en su Comunidad Autónoma para la gripe pandémica (H1N1) y pueda actuar en consecuencia.
Además, deberá reforzar o activar, si fuera necesario, las medidas preventivas pertinentes, ya previstas en el Plan de actuación de su empresa o centro de trabajo.
En la siguiente dirección, encontrará los vínculos de Internet que le permitirán contactar con la Autoridad sanitaria de su Comunidad Autónoma y conocer la información que publica con relación a la nueva gripe pandémica (H1N1): http://www.msps.es/servCiudadanos/alertas/enlacesGripeA.htm
Las Comunidades Autónomas han habilitado servicios telefónicos para atender dudas y consultas de los ciudadanos sobre la gripe pandémica.
Andalucía 902505060
Aragón 112/ 902555321
Asturias 900111006
Baleares 900300061
Canarias 012
Cantabria 902434843
Castilla La Mancha 900232323
Castilla y León 112
Cataluña 902111444
Ceuta 112
Extremadura 900777112
Galicia 061
La Rioja 941298333
Madrid 112
Melilla 112
Murcia 112 / 900121212
Navarra 848425050
País Vasco 900474732/ 900 GRIPEA
Valencia 900 100 355
La empresa debería seguir las recomendaciones e indicaciones que en cada momento vaya realizando la Autoridad sanitaria. Resulta conveniente tener elaborado un Plan de Actuación ante Emergencias-Pandemia de gripe que garantice la continuidad en la empresa en caso de que la situación epidemiológica pueda poner en peligro su actividad productiva.
La pandemia actual, dadas sus características, puede tener un efecto negativo más por la elevada frecuencia de la enfermedad que por su curso clínico, que hasta el momento se ha mostrado corto y favorable. En el caso de que se produjeran picos epidémicos muy intensos, la proporción de trabajadores enfermos durante esta fase de la pandemia, podría ser elevada lo que conllevaría una importante reducción de los trabajadores en activo.
Para estar preparados ante estas situaciones epidemiológicas que pueden poner en peligro la actividad productiva de las empresas, el Ministerio de Sanidad y Política Social, el Ministerio de Trabajo e Inmigración, y con la colaboración de UGT, CCOO, CEOE y CEPYME ha elaborado una “Guía para la Elaboración del Plan de Actuación de las empresas o centros de trabajo frente a emergencias - Pandemia de gripe”, que fue aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con el objetivo de que las empresas o centros de trabajo dispongan de una herramienta de ayuda para la elaboración de sus propios planes de actuación. Dicha guía puede descargarse en la siguiente dirección:
http://www.msps.es/servCiudadanos/alertas/pdf/guiaPlanActuacionEmpresas.pdf
- En caso de que un trabajador haya tenido contacto con un caso de gripe pandémica (H1N1) ¿habría que recomendarle no acudir al trabajo?
- ¿Si se da un caso de gripe pandémica (H1N1) en el trabajo, el resto de compañeros deben irse a casa?
- ¿Se dará parte de baja por incapacidad temporal a un trabajador con sospecha de gripe pandémica (H1N1) 2009?
- ¿Cuándo se dará el alta por incapacidad temporal a los trabajadores que enfermen por gripe?
- ¿La gripe pandémica (H1N1) es contingencia común o laboral?
- ¿Puede un trabajador ausentarse del trabajo o decidir no acudir a trabajar si tiene sospechas de que algún integrante de la empresa tiene la gripe pandémica (H1N1)?
- ¿Podría un trabajador faltar al trabajo por necesidad de cuidar a un familiar enfermo de gripe pandémica (H1N1) 2009?
No. En este momento, no se recomienda el aislamiento a los contactos de un caso de gripe. Sí se debe recomendar al trabajador, que vigile la aparición de síntomas.
No. Deben continuar realizando su actividad laboral de forma normal. Deberán extremar las medidas de higiene y vigilar la aparición de síntomas.
Será el médico del Sistema Nacional de Salud quien decida si procede o no dar baja al trabajador, con los mismos criterios que se aplican en la gripe estacional.
Será el médico del Sistema Nacional de Salud quien decida cuando el trabajador ha superado la enfermedad y está en condiciones de reincorporarse a su puesto de trabajo.
La gripe pandémica (H1N1) 2009 deberá catalogarse como enfermedad común a los efectos de la prestación de Seguridad Social, salvo que concurran los requisitos legales necesarios para su calificación como enfermedad profesional respecto de las personas que, por razón de su trabajo, se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley General de la Seguridad Social, y en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el Sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.
Ante cualquier duda respecto de la determinación de la contingencia común o profesional en caso de gripe pandémica, el organismo competente para calificar la misma es el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El trabajador no puede ausentarse del trabajo o decidir no ir a trabajar ante la eventualidad de contagiarse con el virus de la gripe pandémica (H1N1) 2009. Los casos en que un trabajador tiene derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo son muy tasados y van ligados al hecho de que la actividad entrañe un riesgo grave e inminente para su vida o la salud del trabajador, (articulo 21.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales) circunstancias éstas que no se producen por la posibilidad del contagio de la gripe pandémica (H1N1) 2009.
La Ley dispone (artículo 37.3.c del Estatuto de los Trabajadores) que el trabajador puede ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en caso de nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. El permiso retribuido es de dos días, salvo que el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, en cuyo caso el plazo será de cuatro días.
El trabajador ha de preavisar de la ausencia y justificarla convenientemente. La justificación puede ser posterior a la ausencia. Dado que la gripe pandémica (H1N1) 2009 puede afectar de manera muy diversa a la población únicamente se podrá hacer uso del permiso retribuido señalado cuando se trate de casos graves, lo cual se deberá justificar.
Los convenios colectivos suelen regular otros permisos por motivos familiares, complementando lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que en cada empresa habrá que atender a lo establecido en el convenio aplicable (carácter retribuido o no, número de días de permiso, régimen de notificación y justificación, etc.).
- ¿Qué medidas concretas puede poner en marcha la empresa para evitar, en lo posible el contagio de la gripe pandémica (H1N1) 2009 dentro de los centros de trabajo?
- ¿Se tienen que adoptar en los Centros Sanitarios medidas especiales?
- ¿Puede una empresa prohibir el acceso de un trabajador al centro de trabajo porque se sospecha que puede ser portador del virus pandémico (H1N1) 2009?
- ¿Qué ocurre si el trabajador que presenta síntomas se niega a observar las medidas acordadas por el empresario, o en su caso a someterse a un reconocimiento médico?
- ¿Puede la empresa requerir que los trabajadores adopten hábitos de higiene como medida para prevenir contagios?
- ¿Podría la empresa clausurar comedores colectivos o salas de reunión y descanso de los trabajadores como medida coadyuvante de la evitación de los contagios?
- ¿Puede la empresa solicitar a los trabajadores que empleen equipos de protección individual (mascarillas, guantes o batas) diseñados para reducir el riesgo de contagio del virus?
- ¿Cómo se debe utilizar la mascarilla?
- En un centro de trabajo no sanitario ¿debe el empresario comprar mascarillas quirúrgicas por si algún trabajador comenzara con síntomas de gripe en el centro de trabajo?
- En mi empresa hay trabajadores que atienden al público ¿se deben lavar las manos con más frecuencia?
- ¿Debe la empresa proporcionar a los trabajadores pañuelos de papel?
- En mi centro de trabajo no se pueden abrir ventanas ¿Cómo puedo mantenerlo bien ventilado como recomiendan?
- ¿Está facultada la empresa para imponer modificaciones en las condiciones de trabajo como medio para reducir la probabilidad de los contagios o para hacer frente a los efectos de la enfermedad sobre la organización de su actividad (por ejemplo, suplir las bajas causadas por los trabajadores enfermos)?
- ¿Es posible encomendar al trabajador funciones o tareas distintas de las que corresponden a su categoría o grupo profesional para hacer frente a las ausencias provocadas por la gripe pandémica (H1N1) en otros trabajadores?
- ¿Puede la empresa exigir de los trabajadores la realización de horas extraordinarias para garantizar el mismo nivel de actividad ante la ausencia de una parte de los trabajadores provocada por la gripe pandémica (H1N1)?
- ¿Puede la empresa suprimir los descansos semanales o el descanso diario entre jornadas para asegurar la actividad ante las ausencias provocadas por la pandemia de gripe pandémica (H1N1) entre sus trabajadores?
- ¿Puede un trabajador exigir a la empresa trabajar desde lugares distintos del centro de trabajo habitual (desde su casa, por ejemplo, mediante el teletrabajo) para evitar el contagio del virus pandémico (H1N1) 2009?
- ¿Puede un empresario acordar el cierre temporal de un centro de trabajo si la incidencia de la gripe en el mismo hace imposible desarrollar con normalidad la actividad productiva?
Informar a los trabajadores sobre las medidas preventivas de higiene personal recomendadas por las Autoridades sanitarias y promover y facilitar que sean cumplidas en la empresa.
Informar sobre la conveniencia del uso o no, de equipos de protección individual.
Identificar qué puestos conllevan mayor riesgo de contagio de gripe.
Establecer reglas para modificar la frecuencia y tipo de contacto persona a persona: frecuencia de reuniones, viajes, visitas a clientes.
Valorar, en coordinación con los órganos de representación de los trabajadores, la posibilidad de ofrecer procedimientos de trabajo desde el domicilio para aquellos puestos en los que sea una opción factible.
Mantener limpios los lugares de trabajo. Las superficies de trabajo deben limpiarse con mayor regularidad con los productos usados habitualmente y ventilar periódicamente abriendo ventanas si es posible.
Disponer de material de protección respiratorio y equipos de protección individual si fuera necesario por las características de la empresa (por ejemplo en hospitales).
Todas estas actuaciones y otras que puedan considerarse oportunas estarán recogidas en el Plan propio de cada empresa de actuación frente a emergencias-Pandemia de Gripe
El Ministerio de Sanidad y Política Social ha elaborado un protocolo con recomendaciones para la prevención y el control de la infección en centros sanitarios ante casos de gripe pandémica, donde se explican las medidas preventivas que deben tomar los trabajadores en estos casos. Se puede consultar en la siguiente dirección: http://www.msc.es/servCiudadanos/alertas/pdf/profesionales.pdf
La empresa no está facultada para impedir el acceso al centro de trabajo de sus empleados por el mero hecho de sospechar que están enfermos o contagiados.
Si el trabajador presenta síntomas o se observa que no está en condiciones de trabajar el empresario informará al trabajador para que éste pueda actuar según los procedimientos establecidos por la Autoridad sanitaria en su Comunidad Autónoma para gripe pandémica (H1N1) 2009.
Si bien el reconocimiento médico es voluntario para el trabajador, si se detecta que el trabajador presenta síntomas de gripe o no está en condiciones de trabajar, el empresario puede solicitar que acuda al médico con objeto de que se valore la situación de enfermedad.
Se trataría de verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. Hay que tener en cuenta además las previsiones legales en cuanto a las facultades de dirección y control de la actividad laboral que tiene el empresario, y los deberes de diligencia y colaboración en el trabajo del trabajador, que marquen las disposiciones legales, convenios colectivos y las órdenes e instrucciones adoptadas por el empresario.
Sí. La empresa puede requerir a los trabajadores que adopten las medidas de higiene necesarias, tales como el lavado frecuente de manos, taparse la boca al toser o estornudar, o similares en la línea de los hábitos recomendados en la Guía para la elaboración del Plan de Actuación de las empresas frente a emergencias - Pandemia de gripe.
Este tipo de medidas, dado que no van dirigidas al aseguramiento de la actividad de la empresa, sino que son formas de prevenir la difusión de la enfermedad han de ser adoptadas, en todo caso, siempre que exista orden al respecto de la Autoridad sanitaria y habiendo informado previamente a la representación de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo, nunca unilateralmente por el empresario.
La empresa puede solicitar de los trabajadores el empleo de los equipos de protección individual que haya valorado como necesarios. La “Guía para la Elaboración del Plan de Actuación de las empresas o centros de trabajo frente a emergencias - Pandemia de gripe” da pautas sobre la conveniencia de utilizar estos equipos. En todo caso, la empresa habrá de facilitar dichos equipos a los trabajadores, enseñar el modo correcto de utilizarlos y reponerlos cuando sea necesario. http://www.msps.es/servCiudadanos/alertas/pdf/guiaPlanActuacionEmpresas.pdf
La utilización incorrecta de las mascarillas puede incrementar el riesgo de transmisión en vez de reducirlo. Por ello, las personas a las que se les recomiende el uso de mascarilla quirúrgica deben asegurarse de utilizarlas correctamente.
Puede obtener las instrucciones sobre cómo colocar correctamente la mascarilla en:
http://www.msps.es/servCiudadanos/alertas/mascarillasUsoCorrecto.htm
No es necesario. Si algún trabajador tiene síntomas se debe proceder a remitirlo a su casa y observar medidas higiénicas al toser y lavarse las manos.
Está demostrado que la higiene personal, en especial el lavado frecuente de manos con agua y jabón (al menos unas 10 veces al día y con una duración de 40 segundos a 1 minuto) es medida preventiva muy buena frente al contagio del virus de la gripe. Como alternativa se pueden instalar dispensadores de solución hidroalcohólica (que no requiere agua, ni secado posterior) o toallitas impregnadas en alcohol.
No tiene obligación, puesto que no se considera equipo de protección individual. No obstante, sí debe dotar de suficientes productos de limpieza para la higiene de manos y toallas desechables, así como de contenedores para la recogida de dichos pañuelos y toallas una vez que sean utilizados y desechados. Debe tener previsto en su plan de actuación frente a la pandemia de gripe la retirada regular de dichos contenedores (papeleras, recipientes…)
Los lugares de trabajo deben cumplir con los requisitos de calidad del aire interior contemplados en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), el cual establece en función del uso del edificio o local la categoría de calidad del aire interior, y por otra parte se deberán contemplar los requisitos establecidos en el Código Técnico de la Edificación, respecto al caudal de ventilación mínimo para los locales.
La gripe pandémica (H1N1) 2009 en las relaciones laborales
La gripe pandémica (H1N1) 2009 en una empresa, podría producir una reducción significativa del número de trabajadores en condiciones de mantener la actividad laboral, lo que puede exigir una reorganización del trabajo que implique cambios en las condiciones laborales relativas a jornadas, descansos y funciones laborales.
Sin perjuicio de las normas, instrucciones o recomendaciones que en función de la evolución de la pandemia puedan acordar el Gobierno, las Autoridades sanitarias o laborales, las modificaciones que pretendan adoptar los empresarios deberán tener en cuenta las prescripciones contenidas en el Estatuto de los Trabajadores, destacando entre otros los siguientes artículos, 39 sobre movilidad funcional; 40 sobre movilidad geográfica que implique cambio de domicilio de manera temporal o definitiva; 41 sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo, entre otras, referidas a jornada, horario, trabajo a turnos, sistema de remuneración, sistema de trabajo y rendimiento y funciones; y 64 sobre derecho de información y consulta y competencias.
Sí. Se trataría de un supuesto contemplado en el artículo 39.2 del Estatuto de los Trabajadores: la empresa podrá encomendar al trabajador funciones de categoría o grupo profesional distinto al suyo cuando existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención.
En el caso de encomienda de funciones inferiores ésta deberá estar justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. El empresario deberá comunicar esta situación a los representantes de los trabajadores.
La realización de horas extraordinarias es voluntaria para el trabajador con carácter general salvo pacto en contrario, o bien cuando sea necesario para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, en cuyo caso el empresario podría solicitar legítimamente su cumplimiento y el trabajador realizarlas por exigencias de la buena fe contractual (salvo que se trate de menores de 18 años, que tienen prohibida de forma absoluta la realización de horas extraordinarias).
La necesidad de prevenir o reparar daños extraordinarios y urgentes se concibe como una situación sobrevenida de carácter imprevisible o, prevista, inevitable que requiere una actuación urgente dirigida, bien a reparar un daño ya causado en las instalaciones o en los bienes, bien a prevenirlo.
En el contexto de la pregunta podrían darse situaciones en las que surja la necesidad de prevenir daños emergentes por la disminución de la plantilla disponible para realización de ciertos trabajos debido a la gripe pandémica (H1N1) 2009 y por consiguiente, pudiera demandarse por la empresa la realización de horas extraordinarias a los trabajadores disponibles: se trataría de asegurar la cobertura de los puestos clave de la organización o del proceso, aquellos indispensables para garantizar la continuidad de la actividad y siempre que de su abandono pudieran generarse daños objetivables en las instalaciones o en los bienes de la empresa o de terceros.
No es posible suprimir el descanso semanal al ir dirigido a garantizar a los trabajadores un ámbito de reposo y ocio necesarios para salvaguardar su salud física y mental. No obstante, es posible acumular el descanso semanal en periodos de hasta catorce días por acuerdo con los trabajadores o sus representantes.
En cuanto al descanso diario entre jornadas establecido en un mínimo de doce horas (artículo 34.3 Estatuto de los Trabajadores) es un límite de derecho necesario que no se puede franquear.
Todo ello sin perjuicio de las normas especiales para algunos trabajos que contienen los sistemas de ampliación y reducción establecidos en actividades concretas (Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre) y de las disposiciones pactadas en convenio colectivo sobre el particular.
El trabajador no puede imponer a la empresa unilateralmente el sistema de organización del trabajo, que es facultad exclusiva de aquélla según la Ley. Por tanto, el trabajador no puede decidir por sí mismo trabajar desde su casa en lugar de acudir al centro de trabajo. No obstante, el trabajador puede proponerlo al empresario de cara a acordarlo con éste.
El empresario no puede, unilateralmente, acordar el cese de actividad de un centro de trabajo o de una unidad productiva del mismo. Debe proceder en primer lugar de conformidad con las decisiones adoptadas por el Gobierno, Autoridades sanitarias y laborales.
En defecto de éstas, respecto del caso que nos ocupa en esta pregunta, se debe proceder conforme a lo previsto en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, que permite la suspensión temporal de los contratos de trabajo, siguiendo el procedimiento del artículo 51 del mismo Texto Legal, al poder entender que hay causas que justifican la medida que, en todo caso, debe ser aprobada por la Autoridad laboral, en el procedimiento administrativo correspondiente.
- ¿Cuál debe ser la actuación de los profesionales sanitarios de un Servicio de Prevención ante un trabajador con síntomas de gripe?
- ¿Cuál es la actual definición de caso de gripe?
- ¿Qué ha de hacer el Servicio de Prevención en el supuesto que se declaren varios casos de gripe pandémica (H1N1) en la empresa?
- ¿Qué información puede transmitir el Servicio de Prevención a los trabajadores, al empresario y a los responsables de prevención de la empresa sobre los casos de gripe que se detecten?
- ¿Cómo profesional sanitario del Servicio de Prevención de la empresa debo adoptar alguna medida preventiva especial para protegerme de la gripe pandémica (H1N1) 2009?
El profesional sanitario valorará la situación clínica del trabajador y actuará según su criterio profesional y los medios de que disponga. En todo caso se informará al trabajador de los protocolos establecidos en su Comunidad Autónoma para la gripe pandémica (H1N1) 2009 y se le recordarán las medidas higiénicas que debe adoptar para evitar la diseminación del virus entre las personas de su entorno (familiar, laboral…).
La actual definición de caso de gripe se corresponde con la establecida por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC), realizada en base a la Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 28/IV/2008 que modifica la Decisión 2002/253/CE por la que se establecen las definiciones de los casos para comunicar las enfermedades transmisibles a la red comunitaria, de conformidad con la Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Quedando el caso de gripe definido con el siguiente criterio
Aparición súbita de los síntomas y
al menos, uno de los cuatro síntomas generales siguientes: fiebre o febrícula, malestar general, cefalea, mialgia; y
al menos, uno de estos tres síntomas respiratorios siguientes: tos, dolor de garganta, disnea; y
ausencia de otra sospecha diagnóstica.
Desde los Servicios de Prevención ¿se tiene que comunicar a la Autoridad sanitaria si un trabajador presenta síntomas de gripe en su puesto de trabajo?
Los médicos de los servicios de prevención tienen que comunicar a la Autoridad sanitaria los casos que detecten de enfermedades de declaración obligatoria (EDO), entre ellas la gripe. Esto se mantiene igual en el caso de la gripe pandémica (H1N1) 2009.
En el momento actual ya no es necesaria la notificación urgente a la Autoridad sanitaria de casos aislados de gripe pandémica.
En el supuesto de que los profesionales sanitarios del Servicio de Prevención tuvieran conocimiento de agrupación de casos (tres o más personas que presentan simultáneamente una enfermedad respiratoria aguda con fiebre de más de 38 ºC) en un centro de trabajo deberán:
Notificar a la Autoridad sanitaria de su Comunidad Autónoma
Informar al resto de los trabajadores de las medidas que se puedan a adoptar en el centro de trabajo según las recomendaciones de la Autoridad sanitaria
Informar de las recomendaciones a seguir ante la aparición de síntomas sospechosos en otros trabajadores
Reforzar la vigilancia en la empresa para detectar la aparición de nuevos casos.
Los profesionales sanitarios del Servicio de Prevención deben, velar en todo momento por la confidencialidad de los datos médicos, Solo que únicamente se comunicarán al trabajador afectado y, en su caso, a las Autoridades sanitarias para que adopten las medidas que estimen oportunas. En ningún caso se puede revelar la identidad de una persona enferma; los profesionales sanitarios únicamente pueden facilitar datos agregados con el objeto de mejorar la salud y seguridad en los lugares de trabajo.
Las medidas de protección varían según la actividad asistencial. No hay una única medida que se pueda tomar para prevenir completamente la infección.
Los responsables de la prevención en su empresa deberán evaluar el riesgo al que van a estar expuestos como profesionales sanitarios y recomendar las medidas necesarias a adoptar. Se pueden consultar las recomendaciones del “Protocolo para la prevención y el control de la infección en centros sanitarios ante casos de infección por nuevo virus de gripe A/H1N1” del Ministerio de Sanidad y Política Social en la siguiente dirección:
http://www.msps.es/servCiudadanos/alertas/pdf/protocoloCentrosSanitarios.pdf
- ¿Se puede viajar a otros países?
- ¿Cuáles son las medidas de control en los puertos y aeropuertos?
- ¿Están previstas medidas de actuación en medios de transporte (aeronaves y buques)?
Sí. Ni España, ni la Unión Europea, ni su Centro para la Prevención y Control de Enfermedades Europeo (ECDC), ni ningún organismo sanitario internacional como la Organización Mundial de la Salud (OMS) o el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos (CDC), recomiendan restringir los viajes a causa de la Gripe A (H1N1).
Esta enfermedad ya ha sido confirmada en muchos países del mundo, por lo que la restricción de los viajes tendría un escaso o nulo efecto en la propagación de la enfermedad.
Las personas que viajen se pueden proteger a sí mismas y a los demás aplicando unas sencillas medidas preventivas de carácter higiénico cuyo objetivo es limitar la propagación de muchas enfermedades transmisibles, incluida la Gripe A (H1N1). Estas medidas son:
Lávese las manos regularmente con agua y jabón.
Tápese la boca con un pañuelo desechable al toser o estornudar, justo después tirar el pañuelo usado a la basura y evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca y evite tocarse los ojos, la nariz y la boca.
En caso de presentar alguno de los síntomas de gripe anteriormente descritos, evite contagiar a otras personas. La mayor parte de los casos la gripe se cura sola, con las medidas habituales: beber líquidos en abundancia, (agua, zumos...), utilizar los antitérmicos y analgésicos habituales, como el paracetamol, y seguir las recomendaciones de los profesionales sanitarios hasta recuperarse.
Después de volver del viaje preste atención a la aparición de dichos síntomas hasta los 7 días siguientes del regreso.
Como recomendación general, las personas enfermas deberían aplazar los viajes previstos y los viajeros que regresen a su lugar de origen y enfermen, deberían buscar la necesaria atención médica.
En la fase de pandemia en la que nos encontramos no es necesario establecer medidas de contención en puertos o aeropuertos. No obstante, las Autoridades Sanitarias en algunos países pueden hacerle algún tipo de control sanitario tanto a la entrada como a la salida que pudiera retrasar su viaje. El protocolo de actuación sanitaria ante la llegada a España de alguna persona por vía aérea o marítima sospechosa de padecer la enfermedad está permanentemente activado. En ese caso, el personal de Sanidad Exterior dependiente del Ministerio de Sanidad y Política Social, evaluaría al paciente y organizaría su evacuación a un centro sanitario si fuese necesario. Asimismo, ofrecería información sobre la enfermedad y los consejos sanitarios oportunos al resto del pasaje y la tripulación.
Sí. Es posible que se produzcan casos de la enfermedad en medios de transporte, principalmente en buques por tratarse de lugares en los que se concentra un gran número de personas durante un periodo de tiempo más o menos prolongado. En estos casos, usted tiene derecho a ser informado de la situación a bordo antes de embarcar y durante el viaje. Además, las autoridades sanitarias españolas realizarán un seguimiento estricto de la situación ofreciendo las recomendaciones sanitarias adecuadas en cada caso, con el fin de evitar contagios durante el viaje.
Para más información en relación con viajes internacionales, diríjase a la página web del Ministerio de Sanidad y Política Social.
http://www.msps.es/lasaludtambienviaja
- ¿Podemos estar tranquilos ante la situación actual?
- ¿Por qué algunos países adoptan medidas especialmente llamativas para el control de la infección?
Sí. Es importante seguir las recomendaciones para evitar y enlentecer la propagación del virus. En España, están activadas las medidas de prevención y el Sistema Nacional de Salud está preparado para afrontar esta situación. Los protocolos de actuación están consensuados por el Ministerio de Sanidad y Política Social y las Comunidades Autónomas que se encuentran coordinados entre sí y con los organismos internacionales.
La medidas que adopta cada país vienen determinadas por el contexto social, histórico y político además de por las evidencias de la efectividad de las medidas de salud pública. En términos generales no se ha demostrado que las medidas muy estrictas tengan una efectividad más alta en la contención de infecciones como la gripe y las medidas coercitivas en salud pública suelen resultar contraproducentes.